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Pinche aquí
para ver el procedimiento que debe seguirse para presentar una
queja o reclamación ante nuestro titular. |
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En
todas nuestras oficinas tenemos a su disposición un Reglamento
para la Defensa del Cliente que regula el funcionamiento del
SERVICIO, puede solicitarlo a nuestros empleados. |
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Este
servicio atiende y resuelve las quejas y reclamaciones presentadas
por nuestros clientes, en el plazo de dos meses desde su presentación
en el SERVICIO. |
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En
caso de disconformidad con el resultado del pronunciamiento
del SERVICIO, el reclamante puede acudir al Comisionado para
la Defensa del Asegurado y del Partícipe en Planes de
Pensiones de la Dirección General de Seguros. |
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Para
poder presentar una queja o reclamación ante el Comisionado
para la Defensa del Asegurado y del Participe en Planes de Pensiones,
es necesario acreditar el cumplimiento de los siguientes requisitos: |
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Haber
formulado previamente por escrito la reclamación al departamento
o servicio de atención al cliente |
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Debe
haber transcurrido dos meses desde la fecha de la presentación
de la queja o reclamación sin que haya sido resuelta
por el citado departamento o servicio, o debe haber sido denegada
la admisión de la reclamación, o siendo admitida,
debe haberse producido la desestimación de la petición. |
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En
esta página encontrará información y referencias
a la normativa de transparencia y protección del cliente
de servicios financieros. |